CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES CONTRA LA EXPLOTACIÓN SEXUAL EN EL SECTOR TURÍSTICO
AMERICAN TRAVEL PERÚ
1. INTRODUCCIÓN
American Travel Perú, comprometida con la promoción del turismo responsable y la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, establece el presente Código de Conducta en cumplimiento con la normativa nacional e internacional, con el fin de prevenir y erradicar cualquier forma de explotación sexual infantil en el sector turismo y viajes.
Este código se basa en la legislación peruana vigente, como el Decreto Supremo N.º 002-2012-MINCETUR, y en acuerdos internacionales como la Convención sobre los Derechos del Niño de la ONU.
2. OBJETIVOS
- Rechazar de manera firme y activa la Explotación Sexual de Niñas, Niños y Adolescentes (ESNNA) en el sector turístico.
- Implementar medidas de prevención en nuestras operaciones y en la relación con nuestros clientes, proveedores y colaboradores.
- Sensibilizar a nuestros empleados, clientes y aliados estratégicos sobre la importancia de la protección infantil.
- Establecer mecanismos de denuncia y colaboración con las autoridades para sancionar estos delitos.
3. COMPROMISOS Y MEDIDAS
3.1. COMPROMISO INSTITUCIONAL
- Rechazar cualquier forma de explotación sexual infantil y evitar la promoción o facilitación de actividades ilícitas en nuestras operaciones.
- Incorporar este Código de Conducta en nuestros valores corporativos y políticas de responsabilidad social.
3.2. CAPACITACIÓN DEL PERSONAL
- Brindar capacitaciones periódicas a nuestros colaboradores sobre la prevención y denuncia de casos de explotación sexual infantil.
- Informar a nuestros empleados sobre la normativa vigente y los procedimientos de actuación en caso de sospecha o evidencia de explotación infantil.
3.3. MEDIDAS PREVENTIVAS EN SERVICIOS Y OPERACIONES
- No permitir que nuestras instalaciones, servicios o infraestructura sean utilizados para actividades relacionadas con la explotación sexual infantil.
- Evitar cualquier tipo de promoción, publicidad o prestación de servicios que puedan estar vinculados con la explotación sexual infantil.
- Establecer cláusulas contractuales con nuestros proveedores y socios comerciales que prohíban expresamente cualquier forma de explotación infantil.
3.4. INFORMACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN AL CLIENTE
- Incluir mensajes de sensibilización sobre la lucha contra la explotación sexual infantil en nuestro sitio web, boletines y material promocional.
- Informar a nuestros clientes sobre las sanciones legales en el Perú por delitos relacionados con la explotación sexual infantil.
3.5. DENUNCIA Y COLABORACIÓN CON AUTORIDADES
- Establecer canales de denuncia interna para reportar cualquier indicio o sospecha de explotación sexual infantil.
- Colaborar activamente con las autoridades competentes, como la Policía Nacional del Perú y el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR), en la lucha contra este delito.
- Reportar inmediatamente cualquier caso de explotación sexual infantil a las autoridades mediante los canales oficiales:
- Línea 1818 (denuncias sobre trata de personas en Perú)
- Policía Nacional del Perú – División de Trata de Personas
4. SANCIONES INTERNAS
American Travel Perú aplicará sanciones disciplinarias a cualquier colaborador, proveedor o socio que incumpla con este Código de Conducta. Estas sanciones pueden incluir la terminación del contrato y la denuncia ante las autoridades competentes.
5. MONITOREO Y MEJORA CONTINUA
- Realizar revisiones periódicas del Código de Conducta para garantizar su cumplimiento y actualización.
- Evaluar la efectividad de nuestras estrategias de prevención y mejorar continuamente nuestras prácticas.
6. CONCLUSIÓN
American Travel Perú reafirma su compromiso con un turismo responsable y libre de explotación infantil. Invitamos a nuestros colaboradores, clientes y aliados a sumarse a esta causa y a denunciar cualquier caso de abuso o explotación sexual de menores.